
En un fallo sin precedentes para la jurisprudencia ambiental del Ecuador, un juez constitucional reconoció al Lago San Pablo como sujeto de derechos, marcando un hito en la protección legal de la naturaleza y obligando a las autoridades locales a asumir responsabilidades por años de omisión en su manejo.
La decisión judicial, emitida en el marco del proceso 10311-2025-00496, acogió la acción de protección presentada por colectivos ciudadanos y declaró responsables a la Empresa Pública de Agua Potable de Otavalo (EMAPAO) y al Municipio de Otavalo por la vulneración de los derechos del ecosistema lacustre más emblemático de Imbabura.

Durante la audiencia celebrada este domingo, el juez dispuso la elaboración y ejecución inmediata de un plan de remediación ambiental, que deberá desarrollarse con la participación de otras entidades del Estado y con base en criterios técnicos. La medida busca frenar el deterioro ambiental del lago, cuyas condiciones han sido calificadas como «alarmantes» por el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE).
Un diagnóstico técnico presentado por la Corporación para la Defensa del Lago San Pablo reveló que las 14 plantas de tratamiento de aguas servidas están fuera de funcionamiento, lo que ha provocado el vertido diario de unos 68.000 litros de aguas residuales sin tratar. El nivel de contaminación se sitúa en 7 sobre 10, y expertos advierten que, de no tomarse acciones urgentes, el lago podría desaparecer en menos de dos años.

El MAATE presentó el pasado 6 de mayo una denuncia penal ante la Fiscalía de Imbabura por presunto delito contra el agua, tipificado en el artículo 251 del COIP, e inició un procedimiento administrativo contra EMAPAO y el Municipio.
Organizaciones como Unidos por la Pachamama, impulsoras del proceso legal, celebraron la sentencia como una victoria histórica para la defensa de la naturaleza. El fallo aún no se ha publicado en su totalidad, pero se anticipan sanciones administrativas y técnicas para los responsables.
