La Asamblea Nacional apruobó, como causal de acoso laboral, la obligación de estar pendiente del celular fuera del horario laboral.
Tras ratificarse seis de los 11 artículos vetados por el presidente Daniel Noboa sobre el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria para la Erradicación de la Violencia y el Acoso en Todas las Modalidades de Trabajo, se establece como acoso laboral la presión para que un empleado esté disponible fuera de su horario laboral.
El presidente objetó estos artículos argumentando que la desconexión digital solo se aplicaba al teletrabajo, sin embargo, la Asamblea decidió mantener la disposición considerando que el contacto constante fuera del horario laboral puede generar presión y afectar la salud mental de los trabajadores.
Además de esta disposición, se ratificaron otras medidas como la evaluación de las circunstancias cuando un empleado es sometido a presión para renunciar, la ampliación de funciones de los inspectores del trabajo en casos de violencia laboral, y la exigencia de que los empleadores, especialmente en entidades públicas, motiven las razones de la terminación laboral por renuncia.
El resto de los vetos realizados por el presidente fueron aceptados por el Parlamento, dejando en firme la Ley de Erradicación de Violencia y Acoso Laboral con estas nuevas disposiciones.