Fuerzas Armadas reconocen exceso en uso de la fuerza en caso de muerte de Efraín Fuerez durante protestas en Imbabura

El jefe de Estado Mayor Operacional del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, general Manuel Dávila, reconoció este martes ante la Asamblea Nacional que la muerte del comunero kichwa Efraín Fuerez, ocurrida el pasado 28 de septiembre en el contexto de las movilizaciones en Cotacachi, “excede lo que corresponde al uso progresivo de la fuerza” y constituye un acto de violencia.

 

Fuerez, de 46 años, falleció durante los enfrentamientos entre manifestantes y la fuerza pública en el marco del paro nacional convocado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), en rechazo a la eliminación del subsidio al diésel.

 

Durante su comparecencia del 21 de octubre ante la Comisión de Soberanía Integral de la Asamblea Nacional, que lleva adelante un proceso de fiscalización sobre la actuación del Estado en las protestas, Dávila se refirió a un video que evidencia una “extralimitación del uso de la fuerza”. Aunque señaló que no puede confirmar que se trate del momento del fallecimiento de Fuerez, sí admitió que se trata de una acción que no se enmarca en el uso legítimo de la fuerza.

“Esto sí es violentar. Esto no es uso progresivo de la fuerza”, afirmó el alto mando militar, quien aclaró que ni ha recibido ni ha emitido órdenes que autoricen este tipo de intervenciones. “Nunca yo he dado una orden de que salgan a violentar”, subrayó.

 

Dávila indicó que las Fuerzas Armadas no participan en el proceso judicial por el caso Fuerez, pero han facilitado información para la investigación. Además, señaló que se ha iniciado un proceso administrativo interno, aunque no se puede proceder con sanciones inmediatas sin respetar el debido proceso y el derecho a la defensa.

 

El general aseguró que, antes de cada operación militar, se recuerda al personal los seis niveles del uso legítimo de la fuerza establecidos en la legislación vigente, y que existe una política institucional de “cero tolerancia” frente a actos que vulneren los derechos ciudadanos o involucren conductas ilegales por parte del personal militar.

 

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