Asamblea Nacional aprueba reformas a la Ley de Tránsito: estos son los principales cambios

La Asamblea Nacional aprobó la tarde de este jueves 3 de septiembre un amplio paquete de reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que introduce cambios en la regulación del tránsito en Ecuador.

El proyecto, impulsado por legisladores de Acción Democrática Nacional (ADN), ahora espera la sanción del presidente Daniel Noboa para entrar en vigencia. Entre las principales novedades constan la regulación de motos eléctricas y scooters, la creación de un registro para repartidores a domicilio, nuevos requisitos para fotorradares, la emisión de licencias por parte del Registro Civil y cambios en la administración de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT).

Estas son las principales reformas aprobadas

Regulación para motos eléctricas y scooters

Los conductores de motos eléctricas deberán contar con un título habilitante (licencia) y utilizar casco homologado. La ANT clasificará estos vehículos y los de micromovilidad, como los scooters.

Además, se prohíbe su circulación por la red vial estatal, autopistas, vías perimetrales y otros tramos restringidos por razones de seguridad vial.

Registro obligatorio para deliverys

Las personas que realicen entregas a domicilio deberán inscribirse en un Registro Nacional administrado por la ANT.

También estarán obligadas a utilizar casco homologado, chaleco reflectivo y no podrán transportar pasajeros durante la prestación del servicio.

Nuevas reglas para los fotorradares

Los municipios con Modelo de Gestión Tipo A podrán instalar fotorradares siempre que cuenten con certificación de la ANT.

La ley dispone que:

  • Los radares deberán estar señalizados al menos 500 metros antes del punto de control.
  • Los recursos obtenidos por multas deberán destinarse a infraestructura vial y seguridad vial.
  • Si la operación es delegada a empresas privadas, su remuneración no podrá depender del número de multas emitidas.

 

Registro Civil podrá emitir licencias

Las reformas facultan a la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) a firmar convenios con el Registro Civil, que podrá emitir y renovar licencias de conducir.

No obstante, la ANT continuará siendo la autoridad rectora y los conductores deberán aprobar previamente los procesos de capacitación y evaluación establecidos por la entidad.

Nuevo dispositivo obligatorio para vehículos

La ley crea el Dispositivo Electrónico de Identificación Vehicular, que será obligatorio para todos los automotores del país.

Este sistema permitirá la identificación y control automatizado de vehículos con fines de seguridad ciudadana, fiscalización y control del tránsito.

Sistema Nacional Unificado de Peajes

Se implementará un Sistema Nacional Unificado de Recaudación y Gestión de Peajes, que integrará todos los peajes públicos y concesionados mediante plataformas tecnológicas interoperables.

El sistema permitirá el pago mediante dispositivos electrónicos, lectura automática de placas, tecnología RFID, aplicaciones móviles y modalidades de prepago o pospago.

Policía formará a los agentes civiles de tránsito

La formación de los agentes civiles de tránsito pasará a estar a cargo de la Policía Nacional, a través de la Dirección Nacional de Control de Tránsito y Seguridad Vial.

Además, la Policía asumirá el control operativo del tránsito en la red vial estatal, mientras que los municipios mantendrán la competencia dentro de sus jurisdicciones urbanas.

Cambios en el Directorio de la ANT

El Directorio de la Agencia Nacional de Tránsito incorporará dos nuevos integrantes:

  • El Ministro del Interior o su delegado.
  • El Ministro de Gobierno o su delegado.

Según los proponentes, esta modificación busca fortalecer la coordinación en materia de seguridad y evitar la infiltración del crimen organizado en el sistema de tránsito.

Intervención de agencias de tránsito

Cuando la ANT detecte irregularidades en procesos relacionados con matriculación vehicular o emisión de licencias, podrá remitir informes al Consejo Nacional de Competencias, organismo que tendrá la facultad de suspender temporalmente las competencias de la entidad involucrada.

Seguro obligatorio para pasajeros

Las operadoras de transporte público, comercial y de carga pesada deberán mantener vigente una póliza de responsabilidad civil y accidentes personales que cubra, como mínimo, muerte, lesiones, incapacidades y daños materiales ocasionados a pasajeros y terceros en caso de siniestros de tránsito.

Con la aprobación legislativa, el proyecto queda a la espera de la decisión del presidente Daniel Noboa. Si es sancionado sin objeciones, las reformas entrarán en vigencia tras su publicación en el Registro Oficial.

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