
El acuerdo ministerial que plantea la flexibilización de la jornada laboral en Ecuador continúa en revisión por parte del Ministerio del Trabajo y, hasta el momento, registra tres cambios respecto al documento que se hizo público el 19 de febrero de 2026.
Así lo confirmó el ministro de Trabajo, Harold Burbano, en una entrevista concedida el 26 de febrero. El funcionario precisó que el texto definitivo será publicado en los próximos días en el Registro Oficial y que solo entonces entrará en vigencia.
Acuerdo MDT-2026-046 no está vigente
Aunque el acuerdo MDT-2026-046 fue firmado el 18 de febrero de 2026 y en su disposición final señala que rige desde su suscripción, Burbano aclaró que no se encuentra vigente.
Explicó que, conforme a lo establecido por la Corte Constitucional y el artículo 5 del Código Civil, los actos normativos deben publicarse en el Registro Oficial para entrar en vigor, en cumplimiento del principio de publicidad.
“El pronunciamiento oficial de la autoridad es que no está en vigencia”, afirmó el ministro, al señalar que el documento firmado corresponde a un borrador formal puesto a consideración del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios para su discusión.
Tres cambios clave en la reforma laboral
El Ministerio del Trabajo realizó tres adecuaciones al texto original del acuerdo sobre la jornada laboral flexible:
1. Contratos colectivos
Se aclaró que en empresas con contratos colectivos, cualquier modificación de jornada deberá constar en dicho contrato y contar con el acuerdo entre las partes. No podrá aplicarse de manera individual a los trabajadores sindicalizados.
2. Límites y horarios definidos
El segundo cambio establece de forma expresa los horarios continuos y discontinuos que podrán acordar empleadores y trabajadores. Según el ministro, esto busca evitar interpretaciones relacionadas con un supuesto “banco de horas”.
La regla general será de 40 horas semanales y hasta 10 horas diarias, con los recargos establecidos en la ley para horas extraordinarias o nocturnas.
El recargo se aplicará por cada hora trabajada en horario nocturno, independientemente de la distribución de la jornada en la semana.
3. Jornada de 12 horas solo para transporte
El tercer ajuste especifica que la jornada de hasta 12 horas diarias será una excepción aplicable exclusivamente al sector del transporte, que cuenta con normativa específica.
En estos casos, si se cumplen turnos de 12 horas, se podrá llegar a 48 horas semanales, y las ocho horas adicionales deberán pagarse como extraordinarias, conforme a los recargos vigentes.
El Ministerio también estableció un plazo de 10 días para aprobar las solicitudes de jornadas extraordinarias. De no existir respuesta en ese tiempo, la aprobación será tácita y se aplicarán sanciones administrativas al funcionario responsable.
Salarios mínimos sectoriales aún en análisis
El ministro Burbano confirmó que aún está pendiente la publicación de los salarios mínimos sectoriales para 2026. Indicó que estos incrementos se definirán de acuerdo con el comportamiento económico de cada sector.
El Consejo Nacional de Trabajo y Salarios acordó que no se fijarán aumentos de forma generalizada sin un análisis técnico en los comités sectoriales. El proceso podría resolverse durante el primer trimestre del año.
Acuerdo por la Empleabilidad: meta de 160.000 empleos juveniles
En paralelo, el Gobierno impulsa el denominado Acuerdo por la Empleabilidad, una iniciativa que busca promover la contratación de jóvenes entre 18 y 29 años a través de la plataforma Encuentra Empleo.
El Ministerio proyecta alcanzar 160.000 nuevos empleos juveniles hasta diciembre de 2026. Actualmente, 851 empresas forman parte del programa, dentro de un universo cercano a 90.000 compañías registradas en el país.
El acuerdo contempla beneficios administrativos para las empresas que contraten jóvenes, entre ellos procesos más ágiles para la aprobación de jornadas laborales especiales, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
La publicación oficial del acuerdo sobre jornada laboral flexible en el Registro Oficial marcará el inicio formal de su aplicación en Ecuador.

