
La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria (JPRFM) aprobó nuevas condiciones para las operaciones con tarjetas de crédito, débito y prepago en Ecuador. La regulación contempla compras sin recargos frente al efectivo, tarjetas físicas sin datos sensibles impresos y mecanismos de protección ante determinadas transacciones fraudulentas.
Las disposiciones fueron emitidas el 6 de noviembre de 2026. La Superintendencia de Bancos, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria y el Banco Central del Ecuador (BCE) tendrán seis meses para adecuar sus regulaciones e implementar las medidas correspondientes.
La normativa establece que los comercios deberán mantener el mismo precio para pagos con tarjeta y en efectivo, incluidas promociones, rebajas y descuentos. Además, fija un máximo de cinco días hábiles para que los adquirentes liquiden a los establecimientos los valores de las ventas corrientes realizadas con tarjetas.
En seguridad, las tarjetas físicas deberán emitirse sin información sensible impresa, como número, fecha de vencimiento y código CVV. Para las compras por internet se incorporan verificaciones adicionales de identidad, sin costo para los usuarios.
Las entidades emisoras deberán notificar gratuitamente y en tiempo real las operaciones y eventos previstos en la norma, mediante al menos dos canales electrónicos independientes y de forma simultánea. También deberán ofrecer bloqueo inmediato de tarjetas y atención permanente para consultas, reclamos y reportes de pérdida o robo.
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La regulación contempla el reintegro de valores en determinados casos de fraude, entre ellos operaciones posteriores al reporte de pérdida o robo y transacciones originadas en fallas de seguridad de las entidades, conforme a las condiciones establecidas.
Otro cambio permite que empresas no financieras ofrezcan servicios de adquirencia, con autorización del BCE y un capital mínimo de USD 500.000. Los agregadores de pago deberán contar con USD 250.000; las empresas ya autorizadas tendrán un año para cumplir ese requisito.
Para las tarjetas de crédito se armonizan las reglas sobre costos, consumos corrientes y diferidos y cálculo de intereses, manteniendo la prohibición de cobrar intereses sobre intereses.
Fuente: Información proporcionada sobre la regulación aprobada por la JPRFM.


